Pero quienes están sujetos a los solares municipales, puede el Gobernador ser beneficiario, ¿que dice la orgánica Municipal al respecto y por qué otras familias no tienen el mismo privilegio?
Para consolidar la operación ilegal cuentan con sus concejales cómplices y alquilados como Agustín Torres, Zulma Icassati, Germán Casanova, Ever Salinas y Milcíades Britez.
Dice un viejo dicho, que para una prueba basta un botón y es lo que está a la vista de todos, que el intendente y su familia están en función de poder no porque le quiere a su pueblo sino para sacar ventajas del cargo.
Ahora queridos seguidores tenemos la magnífica oportunidad de cambiar de autoridad y propiciar la alternancia que tanto nos hace falta.
Lo que dispone la Ley Orgánica Municipal. Terreno menor a 360m2 puede vender directo al propietario colindante. El terreno que vendieron al gobernador tiene 1.501 m2. Tenían que subastar o arrendar por 1 año para hacer la venta directa.
Según concejales, el asesor jurídico que no se ajusta a la Ley. Menciona el Art. 138 de la Ley Orgánica que no es el caso. No cumple con las exigencias de los Art.138, 139, 140, 142 y 227 de la Ley Orgánica Municipal.